Escrito por: Ivan Ormachea Choque, Presidente de ProDiálogo, Prevención y Resolución de Conflictos
Las mujeres siempre han estado presentes en los contextos de conflicto y en la construcción de la paz. Tradicionalmente han sido percibidas como afectadas o víctimas; sin embargo, suelen cumplir otros roles, desde combatientes, luchadoras o resistentes hasta mediadoras en búsqueda de soluciones a los conflictos. De otro lado, la mujer siempre ha estado involucrada en la construcción de la paz en nuestra sociedad. En el nivel familiar contribuyendo silenciosa, cotidiana y gratuitamente con el trabajo doméstico y de cuidado. Actualmente, debido a la crisis económica se han convertido en puntales necesarias para la sobrevivencia familiar y comunal con la instalación de Ollas Comunes, para brindar alimentación básica, en numerosos barrios de escasos recursos. Las mujeres se han organizado también para exigir el respeto a sus derechos y luchar contra la violencia basada en el género como en el caso de #NiUnaMenos. Mamás de Ayacucho formaron en 1983 la Asociación Nacional de Familiares de Secuestrados, Detenidos y Desaparecidos del Perú (Anfasep) exigiendo justicia por la violación de derechos humanos de sus familiares durante el conflicto armado interno. Y, actualmente, una vez más y a mucho pesar, están involucradas en la búsqueda de justicia por los cientos de heridos y 49 fallecidos que tuvo como saldo el reciente estallido social.
En cuanto a la prevención y gestión de la conflictividad social, el Estado ha impulsado como política el diálogo como mecanismo para acercar al Estado y a las partes en conflicto para prevenir, buscar soluciones y desescalar situaciones de alta conflictividad y de crisis que amenazan la gobernabilidad del país. En este contexto, la participación de las mujeres es crucial para que los procesos de diálogo sean más inclusivos y significativamente representativos de las necesidades de las mujeres.
La participación significativa de las mujeres en procesos de diálogo se debe, en principio, al cumplimiento de las obligaciones estatales que están plasmadas en el frondoso marco legal internacional y nacional de los derechos humanos de las mujeres. En el plano internacional, nos referimos a los tratados de derechos humanos como la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Americana de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer – CEDAW y, especialmente, la Recomendación General Nº 28 de la CEDAW relativa a las obligaciones básicas de los Estados partes de conformidad con el artículo 2 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, y la Recomendación General Nro. 30 de la CEDAW sobre las mujeres en la prevención de conflictos y en situaciones de conflicto y posteriores a conflictos. Incluimos el marco normativo sobre Mujeres, Seguridad y Paz impulsado desde el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas a través de la Resolución CS–1325 (2000), piedra angular de este marco, con sucesivas resoluciones anuales ampliatorias referidas entre otros temas a la necesidad de incluir a las mujeres en los procesos de paz, como representantes y mediadoras, y exigir a los estados Planes de Acción para promover la participación significativa de las mujeres en proceso de diálogo y de paz en conflictos armados.
En el ámbito normativo nacional, la Constitución de la República, la ley de igualdad de Oportunidades 28983, la ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar 30364, y numerosas políticas sobre igualdad de género y no discriminación, y contra la violencia de género exigen la participación en igualdad y no discriminación de las mujeres en diversos procesos.
En cuanto a poblaciones vulnerables, la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad otorgando especial protección a las mujeres indígenas, la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de la OEA, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas y el Convenio 169 OIT sobre consulta previa.
La participación significativa en los espacios de diálogo es también esencial debido a la experiencia y la “otra mitrada” que poseen las mujeres. Nos referimos al gran conocimiento de su territorio, de las actividades económicas que ellas desarrollan y al gran aporte derivado del cuidado que brindan no solo a los integrantes de la familia, sino a la comunidad y al medio ambiente.
En aras de fomentar una participación significativa de las mujeres en los procesos de diálogo para resolver los conflictos sociales, la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros expidió la Resolución Nro. 009-2021-PCM/SGSD, de agosto del 2021, que establece Lineamientos para la participación significativa de mujeres en procesos de diálogo para la atención de los conflictos sociales. Esta resolución utilizó como uno de sus insumos principales el Informe Defensorial N.° 185: Participación de las mujeres en procesos de diálogo para resolver conflictos sociales[1]. Los primeros resultados de la implementación de esta resolución se pueden observar: el Estado promovió el 2022[2] la intervención de facilitadoras mujeres hasta en un 34% de las mesas de diálogo, lo cual posibilita mayor participación de las mujeres; se viene promoviendo la participación significativa de las mujeres especialmente cuando las mujeres tienen cargos dirigenciales y se promueve la difusión de los contenidos de esta Resolución. Sin embargo, según la información del 2022, sigue siendo un reto la participación de la mujer en espacios de diálogo facilitados, ya que no se pudo superar en 10% la participación femenina.
En breve, las mujeres son grandes aportantes a la construcción de paz, a la prevención y solución de los conflictos, y protagonistas del diálogo en tanto contribuyen a enriquecerlo con su experiencia y conocimiento. El fomento de la presencia de las mujeres en este tipo de espacios aún tiene kilometraje por recorrer y se encuentra en una situación expectante para lograr una significativa participación de las mujeres en la solución de los conflictos.
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[1] Ver informe defensorial aquí: https://www.defensoria.gob.pe/informes/informe-defensorial-n-185-participacion-de-las-mujeres-en-procesos-de-dialogo-para-resolver-conflictos-sociales/
[2] Ver Willaqniki 5, 2022: .https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/4153409/WILLAQNIKI%205.pdf.pdf?v=1676993877