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Mediación y Conciliación

Ambas figuran son parte de los denominados medios (métodos, mecanismos, medidas) alternativos (alternos, adecuados, apropiados) de resolución (solución) de conflictos (disputas) o MARCs. Se caracterizan por contar con un tercero denominado mediador o conciliador que conduce el proceso para que dos o más partes en conflicto busquen una solución de común acuerdo.
 

La diferencia entre conciliación y mediación ha generado mucha discusión entre especialistas. Mientras la mayoría sostiene que en la mediación el mediador no puede dar fórmulas o hacer propuestas de solución, el conciliador sí puede hacerlas. Sin embargo, esa diferenciación no es universal, solo en el Perú es hasta contradictoria. El conciliador en la parte civil y familiar, por ejemplo, calza dentro de esta definición mas el conciliador laboral se sujeta a la descripción que le correspondería al mediador civil/familiar; es decir, sí propone soluciones.
 
En Latinoamérica, por otro lado, hay países que han fortalecido a la conciliación extrajudicial (Colombia, Honduras, Perú y Bolivia) y otros a la mediación extrajudicial (Argentina, Ecuador, Chile, México). Y en el texto Cuando hablar da resultado. Los mediadores de Deborah Kolb (Paidós, 1996), prestigiosos mediadores norteamericanos señalan que no tienen objeción con proponer soluciones si lo consideran pertinente.
 

Por estas razones nos referimos a la conciliación y mediación como sinónimos y espero que esto no lleve a mayor discusión ya que en un Congreso Latinoamericano de medios alternativos de resolución de conflictos celebrado en San José de Costa Rica en 1997, el acuerdo fue mejor no entrar en estas disquisiciones ya que seguramente el único acuerdo sería que no estaríamos de acuerdo.
 

En el Perú tenemos la Ley de Conciliación (Extrajudicial) 26872 de 1997 que ha sido modificada en junio del 2008 por el Decreto Legislativo 1070 y que actualmente cuenta con nuevo reglamento. Como verá el lector el Perú se han cumplido 11 años de conciliación extrajudicial en el país y esta figura tiene un nuevo marco legal además de un cúmulo de experiencias.
 

Invitamosa todos los interesados en estos temas a compartir sus conocimientos y experiencias en el campo de la mediación y conciliación, informar sobre cursos, eventos y publicaciones relacionados, y participar de alguna manera en este cada vez más creciente campo de especialización.

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